Promoción

Sorteo de Verano 2022

Puntuación: 1 de 5.

BASES LEGALES “SORTEO DE VERANO MARINA PORT SAPLAYA”

 PRIMERA.- Finalidad de la promoción. Organizar con fines promocionales el sorteo (en adelante «Promoción») de una cena para dos personas en el restaurante Marina Port Saplaya (Lote 1), excursión guiada en moto de agua por Jet Sky Saplaya (Lote 2), Curso de iniciación al surf cortesía de Escola Marina Port Saplaya (Lote 3), Masaje cortesía Pool Beach (Lote 4) Coctel cortesía de Pool Beach (Lote 5) entre los amarristas de la marina que se encuentren al corriente de pagos explicada en estas bases legales. 

SEGUNDA.- Empresa responsable de la promoción. EGUSA S.L.U. (en adelante “el promotor”), con domicilio en Calle Calderers 86-88, Polígono industrial CAMI AL MAR de ALBORAYA Cod. Postal 46120 y con NIF: B97285506. Entidad ésta a la que deberán dirigirse todas las comunicaciones y notificaciones relativas al desarrollo de la promoción.

TERCERA.- Período de participación. El período de participación finaliza el día 17 de JULIO de 2022, inclusive. 

CUARTA.- Legitimación para participar. Podrán participar en la presente promoción las personas que: – Sean mayores de 18 años.  – Que hayan aceptado las presentes bases y cada uno de sus términos y condiciones. – Que hayan participado en la mecánica explicada a continuación. 

QUINTA.- Mecánica.- Participa en el sorteo y podrá ganar los citados premios EL AMARRISTA  de la Marina Port Saplaya que este al corriente de pago y tenga su embarcación en nuestra marina antes del 18 de julio de 2022 sin necesidad de inscripción previa, participando con su numero de amarre. 

SEXTA.- Descripción del premio. Se repartirá un (1) premio a un (1) participante que, de conformidad con las presentes bases, resulte ganador del sorteo. El premio consistirá (Lote 1) una cena para dos personas en el Restaurante Marina Port Saplaya (Lote 2), Excusión guiada en moto de agua cortesía de Jet Sky Saplaya (Lote 3), un curso de iniciación al surf cortesía de Escola Marina Port Saplaya , (Lote 4) un masaje cortesía de Pool Beach, (Lote 5) Coctel cortesía de Pool Beach. El ganador del sorteo podrá ceder el premio a la persona de su elección. Si renuncia al premio, el ganador perderá en ese momento el derecho a disfrutar del premio y se entregará al primer ganador reserva. 

SÉPTIMA.- Ganador.- Se elegirá (1) ganador y (1) suplente, que serán extraídos mediante un sorteo aleatorio realizado por el promotor con la participación de una mano inocente de relieve y se comunicará a través de las redes sociales de la marina, así como en su página web www.marinaportsaplaya.com o telefónicamente. Una vez comunicado, el ganador del sorteo deberá ponerse en contacto con el promotor del sorteo. En el caso de que el ganador no enviase dicho mensaje al promotor facilitando sus datos personales (nombre, apellidos y DNI) en 72 h. tras el comunicado, el Promotor procederá a entregar el premio al primer ganador reserva. 

OCTAVA.- Entrega de premios.- La entrega del premio se acordará entre el Promotor y el ganador del premio. A la entrega del premio, el ganador deberá identificarse mediante la exhibición de su DNI, pasaporte o documentación equivalente y firmar el recibí que acredite la recepción efectiva del premio. 

NOVENA.- Condiciones de los premios.- – Aceptar las presentes bases legales. – Sólo se contabilizará una participación por usuario. – El premio no es canjeable por cualquier otro premio. – Queda prohibida la comercialización y/o venta del regalo. – Será condición indispensable para poder efectuar la entrega, que los ganadores se presenten y acrediten mediante DNI. 

DÉCIMA- Cancelación de algún premio o declaración de “sorteo desierto”.- – La entrega efectiva del premio quedará condicionada a que el ganador cumpla con las condiciones especificadas en las presentes bases y a la veracidad de los datos facilitados por el ganador al Promotor. El Promotor se reserva el derecho de retirar automáticamente y sin previo aviso a cualquier participante que estime que no está cumpliendo con las condiciones de participación, está haciendo un mal uso o abuso del sorteo, o a aquellos que realicen actos fraudulentos. – De igual manera, El Promotor se reserva el derecho de desestimar todo aquel contenido que pueda resultar contrario a las leyes, a la moral, al orden público, las ofensivas, molestas o que menoscaben la imagen de el Promotor, aquellos comentarios que tengan carácter de actividad publicitaria o de explotación comercial, o los que sean de poco interés respecto al tema de la promoción. – El Promotor se reserva el derecho a seleccionar ganador alternativo en el caso de que se tengan motivos razonables de creer que un participante ha infringido cualquiera de esos términos y condiciones. – También el Promotor seleccionará otro ganador reserva en el caso de que el ganador no se pusiera en contacto con él durante las 72 horas siguientes a haber resultado ganador. – El promotor podrá declarar el sorteo desierto, sin que los participantes tengan acción para reclamar por ello si esta promoción no pudiera realizarse, bien por fraudes detectados, errores técnicos, o cualquier otro motivo que no esté bajo el control del promotor y afecte al normal desarrollo de la promoción. – El Promotor no asume la responsabilidad en casos de fuerza mayor o caso fortuito que pudieran impedir la realización de la Promoción o el disfrute total o parcial del premio. 

DECIMOPRIMERA.- Fiscalidad de los premios.- De conformidad con la normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta siempre que el valor del premio sea superior a 300 Euros (artículo 75-2-f) del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del IRPF. La aceptación de las bases de este sorteo supone, automáticamente, la aceptación de la fiscalidad del premio. 

DECIMOSEGUNDA.- Política de privacidad y LOPD.- Los concursantes mediante el acepto de las presentes bases autorizan a El Promotor, de conformidad con la Ley 1/1982 de protección civil, derecho al honor, intimidad personal y familiar y a la propia imagen, así como con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y normativa concordante, trate y almacene sus datos personales en un fichero de su responsabilidad con la principal finalidad de gestionar la promoción. Los datos que se solicitan para la entrega del premio serán utilizados para la comunicación de los ganadores. Los ganadores autorizan expresamente al Promotor (mediante el acepto de las presentes bases) a reproducir y utilizar su nombre y apellidos o imagen en la web y redes sociales de Marina Port Saplaya. Asimismo se obligan, a ratificar esta autorización en documento a parte, si así le fuera solicitado por parte del promotor. En consecuencia con lo expuesto, la utilización y publicación de los datos supone un tratamiento voluntario que el usuario autoriza expresamente mediante la aceptación de las presentes bases. En cualquier caso pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición enviando un escrito, adjuntando copia del DNI, a EGUSA a la siguiente dirección: Calle Calderers 86-88, Poligono industrial CAMI AL MAR de ALBORAYA  Cod. Postal 46120.

DECIMOTERCERA.- Legislación aplicable.- La presente promoción se rige por la legislación española vigente. Serán competentes para resolver cualquier reclamación o controversia que pudiera plantearse en relación con la validez, interpretación o cumplimiento de estas bases los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Valencia.

DECIMOCUARTA.- Aceptación de las bases y Fuero.- La participación en la promoción supone la aceptación íntegra de las presentes bases y la sumisión expresa de las decisiones interpretativas que de las mismas efectúe el Promotor. Los ganadores se comprometen a suscribir, caso de que se le solicite, un documento escrito aceptando todos los términos y condiciones del sorteo así como las personas que vayan a disfrutar del premio. Todos los conflictos que se susciten en aplicación de las presentes bases, se resolverán por los Juzgados y Tribunales de Valencia, sin perjuicio del fuero que por ley pudiera corresponder a los participantes. 

DECIMOQUINTA.- Exoneración de Facebook y  Instagram – La promoción no está patrocinada, avalada, administrada ni asociada en modo alguno a ni Facebook, ni a Instagram. Por ello, los Participantes liberan a todos ellos de toda responsabilidad por los eventuales daños que se deriven de la misma. 

DECIMOSEXTA.- Cambios El Promotor se reserva el derecho de modificar o ampliar estas bases promocionales, en la medida que no se perjudique o menoscabe los derechos de los participantes en la Promoción.